El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha revocado la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) sobre la convocatoria electoral para las Agencias Municipales y de Policía del municipio de Oaxaca de Juárez. La decisión se tomó después de que se presentara una demanda contra la convocatoria, pero fuera presentada fuera del plazo establecido.
Según la resolución emitida por el TEPJF, la demanda local no cumplió con el requisito de oportunidad, ya que se presentó más de 15 días después de que se difundiera la convocatoria. Por lo tanto, se ordena al Ayuntamiento capitalino emitir una nueva convocatoria que precise las medidas necesarias para garantizar el principio de paridad de género.
La revocación de la sentencia también significa que la elección se efectuará según las reglas previstas en la convocatoria y en el dictamen de registro de candidaturas. El Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez debe señalar una nueva fecha para celebrar la elección, basándose en lo establecido en la sentencia revocada.
La decisión del TEPJF también resalta la importancia de garantizar el principio de paridad de género en las elecciones. Se establece que una vez que se difunda la convocatoria, el plazo para presentar la demanda local se cierra. En este caso, la demanda se presentó más de 15 días después de que se difundiera la convocatoria, lo que significa que no cumplió con el requisito de oportunidad.
La revocación de la sentencia impugnada permite que la elección se efectúe según las reglas previstas inicialmente por el Ayuntamiento. Esto significa que las candidaturas de mujeres y hombres serán consideradas en las cuatro agencias, respetando el interés de la ciudadanía en participar.