El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de su Sala Regional Xalapa, ratificó la decisión del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) con respecto al municipio de San Jerónimo Sosola. La sentencia original del TEEO invalidó la reforma al Estatuto Electoral Comunitario aprobada el 8 de agosto de 2025. En consecuencia, el marco normativo electoral vigente para dicho municipio será el establecido en el Estatuto de 2013.
La controversia surgió a partir de una demanda interpuesta por actores que argumentaban que la decisión del TEEO vulneraba el derecho a la autodeterminación de la comunidad. Dichos actores sostenían que la reforma al Estatuto Electoral Comunitario había sido el resultado de un proceso de consulta llevado a cabo entre 2024 y 2025. Sin embargo, el Tribunal Electoral local determinó que las modificaciones introducidas a través de dicha consulta no eran válidas.
La Sala Xalapa, al analizar la sentencia impugnada, determinó que la declaración de invalidez de las reformas se fundamenta en deficiencias en el proceso de consulta implementado por el Ayuntamiento. Específicamente, el tribunal consideró que la ciudadanía no recibió información suficiente y adecuada sobre las implicaciones de las nuevas reglas propuestas, lo que impidió una participación ciudadana legítima, informada y consciente. Se argumentó que la reforma no reflejaba un ejercicio genuino de autodeterminación comunitaria debido a estas fallas en la transparencia y accesibilidad de la información.
El tribunal electoral destacó irregularidades durante el proceso de consulta, resaltando la falta de información necesaria para que la ciudadanía pudiera evaluar adecuadamente los beneficios o perjuicios de la reforma al Estatuto. Un punto específico mencionado fue la creación de la regiduría de la mujer, donde no se consultó a las mujeres sobre su acuerdo con esta figura ni se les informó detalladamente sobre sus funciones y responsabilidades. El Tribunal enfatizó que, aunque se tratara de un espacio reservado para mujeres, era crucial analizar su viabilidad y sus funciones mediante un proceso de consulta adecuado.
Además, se señaló que la decisión de actualizar el Estatuto no fue sometida a la asamblea general comunitaria. En cambio, fue el Ayuntamiento quien tomó la iniciativa de realizar la actualización, estableciendo las reglas y etapas para la consulta y reforma del instrumento comunitario. Los temas abordados en la consulta incluyeron la reelección, la elección consecutiva, la paridad de género y la terminación anticipada del mandato, así como las propuestas que la ciudadanía pudiera presentar. Sin embargo, la falta de información adecuada socavó la legitimidad del proceso, llevando a la confirmación del Estatuto de 2013 como el marco normativo electoral vigente para San Jerónimo Sosola.

