jueves, enero 29, 2026

Oaxaca endurece leyes contra reclutamiento y manipulación de menores

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El Congreso de Oaxaca aprobó modificaciones al Código Penal del estado, introduciendo penas más severas para quienes induzcan o promuevan la comisión de delitos, especialmente si involucran a menores de edad o personas con discapacidad cognitiva. Las reformas buscan proteger a estos grupos vulnerables del reclutamiento forzado y la manipulación por parte de organizaciones criminales.

Las enmiendas al código establecen sanciones de tres días a un año de prisión, junto con multas que oscilan entre 20 y 100 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, para quienes inciten públicamente a la comisión de un delito o hagan apología del mismo, siempre y cuando el delito no se concrete. En caso de que el delito se lleve a cabo, la persona que lo instigó enfrentará la misma sanción que corresponda por su participación en el acto ilícito.

Una de las modificaciones clave se centra en el uso de tecnologías digitales. Si la incitación al delito se realiza a través de videojuegos, medios electrónicos, redes sociales o cualquier plataforma que utilice una red de telecomunicaciones, e involucra a menores de 18 años o a personas sin la capacidad de comprender la naturaleza de sus actos, la pena de prisión y la sanción económica se duplicarán para el instigador. Además, se sancionará con penas de 7 a 12 años de prisión y multas de 600 a 840 veces el valor de la UMA a quien, por estos mismos medios, motive, induzca, manipule, amenace u obligue a un menor de edad o a una persona con discapacidad a realizar actividades ilícitas o a atentar contra su salud, integridad física, su vida o la de terceros.

Asimismo, se tipificó el delito de reclutamiento ilegal. Se considera delito el acto de reclutar, emplear, obligar o coaccionar a personas, a través de medios electrónicos, digitales, redes sociales, redes públicas o privadas de telecomunicaciones, con el propósito de cometer uno o varios delitos. Quien incurra en este delito enfrentará una pena de prisión de 6 a 10 años y una multa de 1000 a 1500 UMA. Las penas se incrementarán hasta en una mitad de la mínima y una mitad de la máxima si el delito se comete en contra de menores de edad o personas con discapacidad, si se emplea violencia física o moral, o si se aprovecha la condición de pobreza o exclusión educativa de la víctima. Estas modificaciones buscan fortalecer la protección de los menores y personas vulnerables ante la creciente amenaza del reclutamiento y la manipulación a través de las nuevas tecnologías.

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