lunes, 26 de octubre de 2026

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Juez ordena reponer la consulta del Plan de Desarrollo Urbano a comunidad otomí en Nicolás Romero

Juez ordena reponer la consulta del Plan de Desarrollo Urbano a comunidad otomí en Nicolás Romero

Un juez federal ordenó reponer la consulta del Plan de Desarrollo Urbano en Nicolás Romero tras amparar a una comunidad otomí.

El Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con sede en Naucalpan de Juárez, concedió un amparo a una comunidad indígena otomí asentada en el municipio de Nicolás Romero. La determinación judicial ordena a las autoridades locales reponer el proceso de consulta ciudadana relacionado con la modificación del Plan Municipal de Desarrollo Urbano, con el fin de salvaguardar el derecho de los pueblos originarios a participar en las decisiones que puedan repercutir en su territorio.

El conflicto se originó tras la impugnación del documento rector, publicado de manera oficial el 14 de marzo de 2023. Los integrantes del pueblo otomí señalaron ante las instancias legales que dicho instrumento contemplaba obras de infraestructura y construcción de vialidades que impactaban de forma directa su territorio ancestral sin haber sido sometidas a un diálogo previo. Asimismo, la comunidad argumentó que el plan carecía de una perspectiva de derechos indígenas, clasificaba sus tierras tradicionales como bienes públicos y promovía esquemas que derivaban en el despojo de sus recursos naturales, contraviniendo lo establecido en el artículo 2º de la Constitución mexicana y en diversos tratados internacionales en materia de libre determinación.

Al revisar el expediente, el juzgador resolvió que las autoridades correspondientes omitieron llevar a cabo una consulta previa, informada y culturalmente adecuada, incumpliendo los estándares legales vigentes a nivel nacional e internacional. De acuerdo con el criterio sostenido en el fallo, la obligación estatal de implementar este mecanismo participativo no se encuentra condicionada a la acreditación de un perjuicio grave o significativo, sino que surge ante la simple posibilidad de que las determinaciones administrativas incidan en los derechos de las comunidades originarias.

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